Preguntas frecuentes

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El fallecimiento implica trámites y decisiones económicas. Lo más recomendable es tener una previsión funeraria, ya que contarás con apoyo en este evento tan sensible que puede afectar emocional y económicamente. Con Jardines de la Luz, no tomarás decisiones en un momento difícil. Estarás respaldado con un contacto de atención inmediata 24 horas los 365 días del año, que hará todo lo necesario para que tu familia transite lo más tranquila posible este evento difícil pero inevitable.

Sí. Para iniciar el proceso funerario, requerimos del certificado médico de defunción. En caso de que la persona haya fallecido en casa, su médico o un médico con cédula para certificar, puede realizarlo. Si está en un hospital, será el médico tratante quien lo expida. En caso de que haya sido necesario llamar a un medio de auxilio, como en el caso un accidente, muerte violenta o suicidio, requerimos esperar la autorización de la Policía Ministerial para contar con el certificado.

Una vez que se cuenta con el certificado de defunción, se realiza el traslado de la persona fallecida a nuestras instalaciones a fin de realizar la preparación funeraria o embalsamado del cuerpo, lo cual puede llevar varias horas, dependiendo del caso. En el transcurso de este proceso, el titular del servicio y nuestro personal, acordarán los términos de la velación y horario de la ceremonia religiosa e inhumación.

Muerte legal: es aquella defunción que por sus características o lugar en el que ocurre requiere intervenga el Ministerio Público.  Muerte natural: es aquella que por sus características únicamente requiere la emisión del certificado médico de defunción, que extiende el hospital o bien el médico tratante, si el fallecimiento ocurrió en su domicilio.

De acuerdo con la Ley General de Salud en México, se debe embalsamar cuando transcurren más de 48 horas del fallecimiento, cuando se requiere traslado vía terrestre a más de 100 kms. de distancia; cuando se va a trasladar vía aérea sin importar el destino o en caso de que el cuerpo no se encuentre en las condiciones sanitarias requeridas.

Sí, siempre y cuando el Ministerio Público lo autorice.

Certificado de defunción, identificaciones oficiales del titular responsable del titular del servicio y del finado, permisos de traslado, tanto por parte del Registro Civil como de la Secretaría de Salud. En caso de que el traslado sea mayor a 300 km de distancia, o por vía aérea, se debe embalsamar a la persona que falleció y presentar una tesis de embalsamamiento.

Cubrimos un área de 100 kms. a la redonda, de ser necesario, ofreceremos al cliente opciones funerarias fuera de la ciudad de Matehuala, para brindar conjuntamente el traslado con la aprobación del cliente.

Los ataúdes con derecho de uso tienen en su interior un contenedor biodegradable desechable, que es remplazado en cada servicio, por tanto, el ataúd se utilizará mientras su estado sea óptimo. Esta práctica es cada vez más común, ya que la tendencia para la cremación va en aumento.

Si la familia así lo desea, se puede realizar la ceremonia de velación con las cenizas.

En el Registro Civil de la ciudad origen de la persona fallecida, al presentar:  

 

  • Certificado médico de defunción
  • Oficio de la Secretaría Gral. Municipal autorizando sepultura
  • Copia de pago en Tesorería
  • Copias de INE y acta de nacimiento de la persona fallecida y acta de matrimonio si es el caso.
  • Copia INE del declarante
  • Copia INE testigos
  • Oficio Ministerio Público si es el caso
  • Oficio del juez ejidal, si la persona falleció en alguna comunidad.

Además de nuestros planes de previsión, es posible contratar con nosotros cualquier servicio que se requiera para complementar tu plan ya sea en otro cementerio o funeraria.

Sí, los gastos funerarios son facturables y deducibles de impuestos.

Servicio a Cliente

Tel: 488 88 10303

Emergencias

Tel: 488 101 1295

Ubicación

Avenida Martha de Vivanco 400, Fracc Florida II, c.p. 78726 Matehuala S.L.P.

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